Revisoría Fiscal y control de gestión

     El  Revisor  fiscal  es  un auditor  cuya  designación,   deberes  y facultades están regulados

     entre otras, en el código de comercio,  en la  Ley  145  de  1960 ,  en  el Estatuto Tributario y

     En la Ley 43 de 1990.

    

     De   conformidad  con  el Art. 207 del  Código  de Comercio,  la  revisoría  fiscal  tiene  como       

     Objetivos:  el  examen   de   la   información    financiera    del  ente  a  fin  de  expresar  una

     Opinión   profesional    independiente    sobre   los estados   financieros   y   la   evaluación y

     Supervisión de los sistemas de control con el propósito de que éstos permitan :

  • El cumplimiento de la normatividad del ente.
  • El funcionamiento normal de las operaciones sociales.
  • La protección de los bienes y valores de propiedad de la sociedad y los que tenga en custodia a cualquier título.
  • La regularidad del sistema contable.
  • La eficiencia en el cumplimiento del objeto social.
  • La emisión adecuada y oportuna de certificaciones e informes.
  • La confianza de los informes que se suministre a los organismos encargados del control y vigilancia del ente.

 

Para dar cumplimiento a las   prescripciones   legales  vigentes  nosotros  realizamos  entre

Otras, las siguientes actividades :

- Evaluar  el   sistema  de  control  interno  para determinar si los controles establecidos por   

  la Entidad son adecuados y a  la medida  del  objeto  de  la Empresa, o si estos requieren            

  ser  mejorados  para   asegurar   mayor  eficiencia   en  las  operaciones  y una adecuada   

  protección de su patrimonio.

 - Examinar  los estados financieros de la empresa  con  el  fin  de  expresar una opinión               

  sobre la  presentación de su situación financiera, el resultado de  sus  operaciones, los

  cambios   en  su   situación    financiera,    su   flujo   de  efectivo   y   los   cambios   en

  el  patrimonio,   comprobando   que   en   la   preparación   de   los   mismos   y   en las            

  transacciones  y operaciones  que  los   originaron,   se  observaron   y  cumplieron las       

  normas prescritas por las autoridades   competentes   y los  principios  de  contabilidad     

  generalmente aceptados en Colombia.

 

- Dar oportuna cuenta a la Junta de socios, Consejo Directivo, administración o gerencia           

  según el caso,  de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la Entidad y      

  en el desarrollo de sus actividades,  presentando los informes correspondientes.

 

- Practicar las  inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer                

  un control permanente sobre los valores sociales.

 

- Revisar  y  firmar  todos   los  documentos  de  carácter interno y externo que requieran      

  firma del Revisor Fiscal, tales como  declaraciones  tributarias, los informes a que haya    

  lugar o le sean solicitados por las entidades de control y cualquier balance que se haga    

  con su Dictamen o informe correspondiente.

 

- Estar en permanente comunicación con la Administración de la Entidad para identificar                  

  problemas y  necesidades  que  pudieran existir y presentar nuestras recomendaciones

  y sugerencias.

 

- Cumplir las demás atribuciones que  señale la Ley.